Sociedad DESDE LA PROVINCIA DE STA FE HABILITARON ACTIVIDADES.VILLA OCAMPO DA UN NUEVO PASO
25/06/2020
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VILLA OCAMPO DA UN NUEVO PASO. DESDE LA PROVINCIA de SANTA FE HABILITARON TODAS LAS ACTIVIDADES QUE ESTAN AUTORIZADAS EN LA PROVINCIA:.Deportes hasta 10 jugadores NO PARA COMPETENCIAS, encuentros familiares hasta 10 personas, actividades artisticas hasta 10 personas, Pesca y navegación hasta 50 % de ocupantes, , bares hasta 50 % de mesas.-En la REUNION DE LA JUNTA DE PROTECCION CIVIL se resolvió : que a partir de ahora en que se aplique la nueva disposición, los responsables de esas actividades, antes de abrir sus locales, deberán obligatoriamente presentar a las autoridades correspondientes los Protocolos de Actuación ante el Covid-19. Por cualquier duda o asesoramiento, contactarse con la Secretaría de Sistemas Productivos y Medio Ambiente de la Municipalidad de Villa Ocampo, Tel. 469631, en el horario de 8:00 a 11:00.
Al respecto, se recuerda que
esos protocolos sanitarios son declaraciones juradas de quienes los presentan; estando obligados a cumplirlos y hacerlos cumplir a sus clientes, caso contrario podrían ser sancionados administrativa y penalmente.
Por otra parte, se tomó la decisión de EXTENDER el HORARIO de las CAMINATAS de esparcimiento hasta las 22:00 Hs.; manteniéndose los circuitos habituales para recreación o actividades físicas, exceptuando el uso interior de las plazas y parques y los elementos de gimnasia y juegos infantiles.
>Además, se informó que desde el Comité de Coordinación Departamental Covid-19 se solicitó extremar todas las medidas para hacer cumplir el Decreto Provincial 543/20 que establece una serie de disposiciones preventivas para las personas que deban ingresar o egresar de la provincia:
>• Los ciudadanos no residentes que ingresen a la provincia, provenientes de lugares con circulación local de Covid-19, deberán cumplir con un aislamiento total de 14 días corridos.
>• Las personas, residentes en la provincia, que cuenten con “habilitación para circular” por razones humanitarias, de fuerza mayor (Ej. salud, seguridad, alimentación, combustible, medicamentos) y, deban viajar desde y hacia localidades con circulación viral, deberá:
>- Informar de su traslado, estableciendo fecha de partida y de retorno, al gobierno municipal o comunal al que pertenecen.
>- Solicitar nuevo permiso a través de la aplicación “Covid-19 Provincia de Santa Fe”.
>- A su regreso a nuestra provincia, deberá cumplir con el aislamiento obligatorio, mientras dure su estadía en este territorio, quedando limitado sus salidas a lo estrictamente necesario.
>• Las personas residentes en la provincia que, deban trasladarse ocasionalmente a zonas con circulación comunitaria, a su reingreso a la provincia, deberán hacer cuarentena obligatoria de 14 días corridos.
>La Policía de la Provincia de Santa Fe será la responsable de la custodia de los puestos sanitarios ubicados en toda la extensión de los límites interprovinciales; quienes de esta forma estarán colaborando y reforzando las tareas realizadas por el Ministerio de Salud.
>Por último, que cualquier denuncia sobre incumplimientos del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” lo deben hacer comunicándose al 0800-555-6768.
>El cumplimiento estricto de todas las medidas preventivas; especialmente el uso del tapaboca, el distanciamiento social y la desinfección de manos deberán ser prácticas permanentes, asumidas por todos.
>En tanto, los Protocolos de Actuación ante el Covid-19 garantizan que las actividades habilitadas puedan desarrollarse en un marco de control y prevención, disminuyendo los riesgos de contagio; cumpla el compromiso asumido al presentar la declaración jurada y haga cumplir a sus clientes.
>En una situación de pandemia como la que estamos viviendo, cada acción individual tiene impacto social; actuemos con conciencia, respetando todas las normativas y recomendaciones sanitarias y de seguridad.
Que nuestra comunidad no tenga que volver a fases anteriores por propagación del coronavirus depende del comportamiento individual de cada ciudadano. Actuemos con responsabilidad; hagámoslo por nuestras familias, nuestros vecinos, nuestros allegados, y por todos nosotros.................................
EL MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA PROVINCIA DE STA FE
RESUELVE:
>ARTÍCULO 1 : A partir del dictado de la presente resolución cobrarán plena>vigencia en el ámbito de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento>General Obligado, las excepciones al "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y la prohibición de circular que durante su vigencia se dispusieran por el Decreto>N° 0474/20 y su ampliatorio N° 0534/20 y las habilitaciones de actividades>establecidas en el marco del "distanciamiento social, preventivo y obligatorio por>los Decretos Nros. 0487/20, 0489/20, 0495/20, 0496/20 y 0497/20, en las>condiciones establecidas en los citados decretos en cada caso.
>ARTÍCULO 2°: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, íntese a la>población de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General>Obligado, al estricto cumplimiento de las disposiciones de los Decretos Nros.>0543/20 y 0554/20 en cuanto a la restricción de actividades dispuestas en los>mismos para las personas alcanzadas por sus previsiones.
>ARTÍCULO 3°: El Ministerio de Salud continuará con el monitoreo de la evolución epidemiológica y sanitaria en función de las habilitaciones dispuestas en la presente resolución; a los fines de recomendar las acciones a>seguir conforme la evolución de la situación lo aconseje.
>ARTÍCULO 4°: En el marco de las habilitaciones dispuestas, las autoridades>municipales en concurrencia con la Policía de la Provincia y las demás autoridades provinciales correspondientes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de los protocolos>vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria; y>asegurar que la circulación de personas y vehículos corresponda estrictamente a las actividades habilitadas.
ARTÍCULO 5> Registrese,comuníquese, publíquese y archívese. -
Fotografía: Zulma Debárbora .Centro de Villa Ocampo.
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